dimecres, 27 de juny del 2007

ADVOCATS, PROFESSIÓ...

Articles de revista:

GARCÍA RAMÍREZ, Julio. Estrategias de oratoria aplicables a la prueba pericial. Dins: ECONOMIST & JURIST, núm. 111 (2007), p. 102-104

MARCO ASENSIO, Álvaro. Nueva regulación de las sociedades profesionales. Dins: ECONOMIST & JURIST, núm. 110 (2007), p. 89-95

Model d´escriptura de constitució d´una societat professional. Dins: ÚLTIMA INSTÀNCIA, núm. (juny 2007), p. 10

Monografies:

Prontuario del abogado : edición 2007. Madrid : La Ley, 2007. 668 p.
34(036)"2007" Pro


Enllaços d’interès:

http://www.coseju.com/actajudicial/


Altres notícies:

1. Las nuevas sociedades profesionales nacen con lagunas en su funcionamiento
Por: J. E. Navarro / C. L. Abadía
Las profesiones colegiadas han aplaudido mayoritariamente la aprobación de esta nueva normativa, ya que consideran que aporta claridad y modernización a su actividad. Sin embargo, creen que aún quedan puntos por pulir para evitar problemas prácticos.
Mañana sábado entra en vigor la Ley de Sociedades Profesionales, una norma que las profesiones colegiadas han aplaudido ya que añade “una clarificación y modernización de los servicios que ofrecen los profesionales”, como subraya el Consejo General de Economistas. No obstante, todo no han sido parabienes. De los abogados a los gestores administrativos, cada colectivo ha observado deficiencias en la norma, que podrían afectar negativamente al funcionamiento de estas sociedades. Para el Consejo General de la Abogacía (CGAE) “es un error permitir que haya socios no profesionales en el capital y en la dirección de la firma [una de las novedades que aporta la ley], lo que a los abogados nos puede generar conflictos relativos al secreto profesional y a la independencia del colegiado”, apunta Enrique Sanz, decano del Colegio de abogados de Valladolid. Según la abogacía, esta novedad no se ha producido en ningún otro país del entorno europeo, “ni siquiera en los países anglosajones”, concluye. El Consejo de Graduados Sociales también critica este aspecto de la ley. Para Javier San Martín, presidente de este colectivo, que un socio no profesional pueda ostentar el 25% del capital “desnaturaliza el objetivo de estas nuevas sociedades, ya que permite la entrada a las mismas de personas sin titulación, que de esta forma se convierten en pseudo profesionales”.Por otro lado, los graduados sociales y los gestores administrativos coinciden en la necesidad de que la abogacía elimine alguna de las incompatibilidades que rigen en su estatuto profesional –actualmente en revisión– para dar pleno sentido a las sociedades multidisciplinares contenidas en el artículo 3 de la ley. Según la normativa actual, un licenciado en Derecho que actúe como gestor administrativo o graduado social, no podría ejercer también como abogado, ni junto a abogados. Sin embargo, esta situación podría cambiar. Ahora la pelota está en el tejado del Gobierno, que deberá regular mediante real decreto las “incompatibilidades que sean aplicables a las sociedades profesionales y a los profesionales que en ellas desarrollen su actividad”. Los gestores administrativos ya han preparado alegaciones al Ministerio de Justicia para que se eliminen estas restricciones, en relación a la abogacía, según ha confirmado a EXPANSIÓN José María Mateo, presidente del Consejo de Gestores Administrativos. Para los arquitectos, la duda también se presenta en el caso de las sociedades multidisciplinares. En el caso de una sociedad compuesta estrictamente por arquitectos, queda claro que su inscripción se realizará en el registro del colegio de arquitectos que corresponda. Sin embargo, en el caso de las sociedades en las que confluyen varias profesiones, no queda claro. “¿Inscribiremos sociedades en nuestros registros cuyo control esté en manos de otros profesionales no arquitectos?”, se pregunta el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM), que incluso plantea posibles problemas de carácter deontológico si no se define bien este aspecto. Además, el COAM ha solicitado que se “reglamenten” qué profesiones son incompatibles con la arquitectura. En el Consejo General de Economistas también se achaca poca definición al objeto social de las sociedades multidisciplinares. Por ejemplo, en el caso de una sociedad formada por dos socios profesionales, un abogado y otro economista, “debería aclararse si se tienen que constituir dos sociedades o valdría con una sola”, apuntan. Asimismo, los economistas critican la redacción del artículo 10.2 de la norma, relativo a la participación de los socios en los beneficios y pérdidas. En este apartado, la ley apunta que “los sistemas [...] para determinar la distribución del resultado podrán basarse o modularse en función de la contribución efectuada por cada socio a la buena marcha de la sociedad”. Esta buena marcha, apunta la norma, se medirá por criterios cualitativos y/o cuantitativos recogidos en los contratos. No obstante, para el Consejo General de Economistas la norma tendría que haber sido más precisa y haber definido unos criterios objetivos de reparto (facturación o clientes). Para Valentín Pich, secretario general del Consejo, “esta indeterminación crea inseguridad jurídica a la sociedad ante la Administración Tributaria para justificar la remuneración de los socios”.
Dins: Expansión: gaceta fiscal y legal, (15.6.07)


2. La abogacía quiere flexibilizar su régimen de incompatibilidades
Por: Carlos L. Abadía
La comisión del CGAE que se encarga del nuevo estatuto de la profesión quiere levantar el veto que existe hasta ahora sobre los procuradores, los graduados sociales y los gestores administrativos, licenciados en Derecho, que no podían estar colegiados en ambas entidades. y mantener el de los auditores.
El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) quiere eliminar algunas de las incompatibilidades profesionales que se recogen en el vigente Estatuto de la profesión. En concreto, la comisión creada por el Consejo para elaborar un nuevo documento que rija a la abogacía “analizará la posibilidad de que los abogados colegiados puedan ejercer también como procuradores, graduados sociales o gestores administrativos”, afirma el presidente de esta comisión y decano del colegio de Valladolid, Enrique Sanz.Esta liberalización tendrá también su influencia directa en la nueva Ley de Sociedades Profesionales que entra en vigor el próximo sábado.El Ministerio de Justicia ha iniciado los contactos para la elaboración del reglamento que regule las incompatibilidades profesionales en las sociedades multidisciplinares. Para ello, Justicia ha pedido a los colegios profesionales que le envíen sus preferencias a este respecto a través de Unión Profesional (UP) –asociación que agrupa a 38 organizaciones colegiales–. Según fuentes del sector, el ministerio quiere tramitar con rapidez este documento para ser aprobado en el último trimestre del año, con el fin de que las sociedades que se deben adaptar a nuevo marco jurídico lo hagan cuanto antes.Desde UP aseguran que no habrá conflicto entre los colectivos para negociar este decreto, ya que “nos centraremos en los casos que supongan un perjuicio para los ciudadanos porque confluyan varias profesiones, en una misma sociedad en lugar de ver qué profesión va a quitar cuota de mercado a otra”, aseguran.Tramitación conjuntaParalelamente a este reglamento, la abogacía quiere tramitar a la vez su nuevo estatuto. Donde la abogacía no está dispuesta a ceder es la incompatibilidad entre abogados y auditores. “Esta característica se debe mantener porque son profesiones radicalmente distintas por naturaleza. El abogado se rige, entre otras cuestiones, por el deber de confidencialidad y el auditor todo lo contrario, ya que debe justificar las cuentas de una empresa con el componente de publicidad que eso conlleva”.La incapacidad para ejercer al mismo tiempo como procurador y gestor administrativo ha estado siempre presente en los estatutos de la abogacía. En cuanto a la que recae sobre los graduados sociales fue incluida en el reglamento de 2001, aún vigente. Algunos colectivos, como los gestores administrativos, ya han manifestado en varias ocasiones su interés porque la abogacía eliminase esa restricción. Desde el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos se asegura que “el 80% del colectivo está formado por abogados que están interesados en eliminar esa barrera porque en su día a día se dedican, además de a la práctica jurídica, al asesoramiento y a la gestión”, asegura el presidente del Consejo, José María Mateo.El CGAE quiere tener aprobado el nuevo estatuto antes de que finalice el año. Las nuevas leyes que se han aprobado en el último año, como la mencionada de sociedades profesionales junto con la Ley de Acceso y el Real Decreto que regula la Relación Laboral Especial de los abogados que ejercen en bufetes ha forzado al colectivo a crear un nuevo documento en el que se recojan, por ejemplo, el régimen disciplinario de la LSP junto al nuevo marco de relaciones entre el CGAE y los consejos autonómicos de la abogacía.Los miembros de la comisión del Consejo creada a tal efecto se verán apoyados por un comité de sabios que estará formado por catedráticos universitarios, abogados del Estado y Letrados del Consejo de Estado.
Dins: Expansión : gaceta fiscal y legal (15.6.07)