divendres, 28 de setembre del 2007

ASSEGURACES, INDEMNITZACIONS, CONSUMIDORS...

Articles de revista:

REGLERO CAMPOS, Fernando. La Oferta de indemnización y la respuesta motivada. Dins: REVISTA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, CIRCULACIÓN Y SEGURO, núm. 8 (2007), p. 4-26


Monografies:

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, José Luis. Origen, estructura y funcionamiento de las juntas arbitrales de consumo. San Sebastián : Instituto Vasco de Derecho Procesal, 2006. 608 p.
366.54 Rod

RUIZ JIMÉNEZ, José Ángel. Análisis crítico del sistema nacional español de arbitraje de consumo. San Sebastián : Instituto Vasco de Derecho Procesal, 2007. 481 p.
366.54 Rui

Texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor : reformado por la Ley 21/2007, de 11 de julio. [Madrid] : Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, 2007. 44 p.
L. 351.81/2007 Tex


Notícies jurisprudencials d’última hora:

1. Sentencia del Tribunal Supremo 612/2007, de 6 de junio.
El TS afirma que una comunidad de propietarios no es responsable de la muerte de una persona en su piscina.

El Alto Tribunal desestima el recurso interpuesto por un particular contra la sentencia que exoneraba a una Comunidad de Propietarios de un inmueble y a la compañía de seguros, frente a la demanda por responsabilidad civil de una cantidad de dinero como consecuencia de la muerte del hijo de aquél en la piscina comunitaria del edificio.
La demandante alega la ausencia del socorrista en ese momento y la falta de señalización de los niveles de profundidad de la piscina. Por otro lado, la parte demandada mantiene que el socorrista atendía en ese momento a un lesionado en una dependencia aneja y próxima a la piscina y que la piscina se adaptaba a la normativa administrativa.
La respuesta del Tribunal se motiva en que se tienen que poner en relación circunstancias concurrentes como la capacidad de discernimiento de la víctima, su conocimiento de las condiciones de la piscina y su propia actuación. En el caso que nos ocupa, la víctima tenía cuarenta años de edad y, a pesar de que no sabía nadar, conocía perfectamente los desniveles de la piscina y sus instalaciones porque acudía a ella desde hacía años. El Tribunal Supremo no estima procedente ninguno de los motivos del recurso aportados por la demandante.
Dins: www.lexnova.es (6.9.07)

2. Sentencia del Tribunal Supremo 636/2007, de 31 de mayo.
El TS confirma que el seguro a todo riesgo en vehículos alcanza fuera de nuestras fronteras.
El Alto Tribunal desestima el recurso interpuesto por una entidad aseguradora contra su asegurado que sufrió un accidente de coche con daños materiales, en Francia. La aseguradora rechazó el pago a la indemnización porque el contrato de seguros suscrito por el asegurado no alcanzaba los riesgos que se pudieran producir fuera del territorio nacional, alegando dicho razonamiento en base a la Ley de Contrato de Seguro y la interpretación del contrato.
El debate procesal versa sobre dicha interpretación y sobre si se trata de ámbito del riesgo o cláusula limitativa. La mercantil arguye que no cubrir los riesgos fuera del territorio nacional no es una cláusula limitativa de los derechos del asegurado sino una concreción del riesgo. La jurisprudencia considera que el accidente producido fuera del territorio nacional es una delimitación del riesgo y debe quedar acreditado en el contrato, haciéndose constar en el documento. En el caso que nos ocupa el asegurado no conoce y, ni siquiera, acepta la delimitación territorial del riesgo.
En definitiva, se condena a la aseguradora a cumplir el contrato de seguro y, por tanto, a asumir los daños del vehículo.
Dins: www.lexnova.es (7.9.07)


Altres notícies:

1. El Congreso da luz verde al Proyecto de Ley de Protección de los Consumidores de bienes con oferta de restitución.
La Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados aprobó ayer, sin los votos del Grupo Parlamentario Popular, el dictamen del 'Proyecto de Ley de Protección de los Consumidores de bienes con oferta de restitución posterior de todo o parte del precio y, en su caso, con oferta de revalorización', una iniciativa del Gobierno que contempla, entre otras medidas, la obligatoriedad para las empresas de contratar un seguro de caución que sirva como aval a sus clientes.Así, aquellas entidades que comercien con "sellos, obras de arte, antigüedades, joyas (a petición de Ezquerra Republicana) árboles, bosques naturales, animales en todo caso" y demás bienes que se comercialicen de este modo y "con o sin promesa de revalorización", deberán contar con "un seguro de caución, aval bancario o cualquier otra garantía individualizada que asegure al consumidor la cuantía del importe de restitución ofrecido". Esta póliza, de la que el consumidor deberá tener una copia, tendrá vigencia mientras se prolongue el contrato y en caso contrario, independientemente de la causa alegada por la empresa, el usuario "estará legitimado" para anular el acuerdo y recuperar el importe que invirtió inicialmente y cuya devolución pactó con la empresa. En una sesión que se saldó con el rechazo de todas las enmiendas abiertas presentadas al redactado del dictamen, incluidas aquellas que demandaban medidas paliatorias para las más de 400.000 familias afectadas por la estafa de las filatélicas AFINSA y Fórum Filatélico, salió así adelante un articulado que, además, contempla que los contratos en este tipo de operaciones deberán materializarse mediante escritura pública.De este modo, el Proyecto de Ley fija que la formalización del contrato tendrá lugar ante notario, quien recogerá los compromisos de ambas partes y recogerá quién de ellas cubre con los costes de la escrituración. Este es uno de los artículos más criticados en el seno del Grupo Parlamentario Popular, que considera que, de un modo u otro, "quién acabará pagando es el consumidor".Según afirmó durante el debate en Comisión el portavoz de los 'populares', Rafael Merino, "la intervención de notarios para la certificación del contrato encarece el producto porque por mucho que se diga que lo va a pagar la empresa", el precio de los servicios notariales "acabará repercutiendo sobre el consumidor".Por su parte, el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en la Comisión, José Pliego Cubero, destacó que ésta es una iniciativa que "cuenta con el informe favorable del Consejo de Consumidores y Usuarios" y que responde a su demanda de "elevar el nivel de transparencia" en la comercialización de este tipo de productos. LA SOMBRA DE AFINSA.Respecto a la estafa de las filatélicas Fórum y AFINSA, el Grupo Parlamentario Catalán (CiU) habían presentado enmiendas al proyecto de ley que contemplaban "la devolución íntegra de los ahorros de los 460.000 afectados" a "coste cero para el Estado mediante la liquidación ordenada de los activos de las empresas afectadas", una proposición que el PSOE tildó de "infumable" previo voto en contra.Por su parte, el Grupo Popular solicitaba incorporar al redactado una enmienda por la que los afectados podrían obtener créditos a tipo de interés cero mediante el ICO, por una cantidad máxima igual a la que tenían invertida en esas entidades sin incluir rendimientos o intereses. También fue rechazada por la comisión.
Dins: Noticias al día Westlaw (26.9.07)