Altres noticies:
Se pone en marcha un nuevo control del seguro de automóviles.
Enero 2008-A tenor de los datos ofrecidos por el Consorcio de Compensación de Seguros, cerca de 400.000 vehículos circulan por las carreteras de nuestro país sin contar con el seguro obligatorio. Para combatir dicha práctica la Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha esta misma semana un sistema para la detección automática e inmediata de los automóviles que carezcan de tal requisito.
La medida en cuestión consiste en facilitar a las patrullas de la Guardia Civil un dispositivo que, mediante una cámara, leerá las matrículas de los coches y contrastará, sus números, con los de una base de datos facilitada por las aseguradoras. Alertada la patrulla de la posible infracción y una vez parado el vehículo, si el conductor no presentara el recibo justificativo, el turismo quedará inmovilizado y se impondrá una sanción que podría alcanzar los 1.500 euros.
Notícies jurisprudencials d’última hora:
Modificación del Reglamento General de Conductores.
Enero 2008-La reforma en cuestión introduce importantes novedades a la hora de adquirir el permiso de conducir o de renovar licencias ya caducadas. Los aspectos concretos sobre los que se centra la norma modificadora son los siguientes:
Renovación de permisos caducados: Se suprime el plazo máximo de cuatro años para solicitar la renovación de los carnets fuera de vigencia. De este modo, se podrá solicitar su renovación en cualquier momento (tras la fecha de caducidad) siempre que quede suficientemente acreditado que el conductor conserva las mínimas aptitudes psicofísicas para la obtención de los permisos.
Permiso para motocicletas: A la superación de las actuales pruebas teóricas y de destreza en circuito cerrado, se une la obligación de pasar con éxito una prueba en vías con circulación real. En estos casos, el examinador dirigirá el examen desde un automóvil que seguirá a la moto, el cual estará conducido por el profesor que haya impartido las clases prácticas al alumno aspirante.
Edad mínima para conducir ciclomotores: Se aumenta a los 15 años (antes 14), exigiéndose, en todo caso, la superación de una prueba teórica y otra práctica. Asimismo, no se podrán transportar pasajeros hasta que los pilotos tengan 18 años de edad (el límite hasta ahora era de 16 años).
Cambios en el desarrollo de la prueba teórica: Las respuestas correctas a cada pregunta podrán ser más de una y se eleva el porcentaje de errores máximos permitidos para la declaración de aptitud. Por ejemplo, en un examen de 30 preguntas para obtener el permiso B ahora se permite un tope de 3 fallos, mientras que con la nueva regulación dicho límite se amplía hasta los 6 errores.
Por último, cabe mencionar que dichas medidas entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2008 a excepción de lo referente a la renovación de permisos caducados que ya goza de plenos efectos.
Real Decreto 64/2008, de 25 de enero, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo.
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