dilluns, 14 d’abril del 2008

Medi ambient i animals

.Novetats legislatives:

La Junta de Castilla y León infringió la Ley al autorizar la estación de esquí de San Glorio, de «dudosa viabilidad»

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) considera en una sentencia que la Junta infringió la Ley y varias normativas al autorizar la construcción de una estación de esquí en San Glorio, la cual además considera "de dudosa viabilidad" por los cambios climáticos.
La sentencia, según publica ayer el diario El País, anula el plan de la Junta de Castilla y León del año 2006 para permitir la construcción de la estación de esquí proyectada en parte sobre un parque natural entre Palencia, León y Cantabria.
La sentencia admite que, como señalan los informes científicos, "es muy dudosa la viabilidad económica" de la estación "por el cambio climático" y además da la razón a la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (Arca) y se esperan fallos similares a recursos de la Sociedad Española de Ornitología, WWF/Adena, Fundación Oso Pardo, Fapas y Plataforma en Defensa de San Glorio.
La sentencia, según el rotativo, destaca que la Junta permitió el esquí "sin un informe técnico o científico" que justifique el cambio y recuerda que en los parques naturales el desarrollo económico "es un objetivo básico, pero no prioritario".
Además, da por acreditado que una estación de esquí es "incompatible" con "la supervivencia de algunas de las especies y vegetación allí existente", y que por eso la Junta la prohibió en 1998.
También considera probado que "es muy dudosa la viabilidad económica de una estación de esquí en ese espacio natural por los cambios climáticos que se están produciendo y por las circunstancias físicas que concurren en él".
"El medio ambiente no es una abstracción, sino el espacio donde viven los seres humanos del que dependen su calidad de vida y su salud, incluso para generaciones futuras", afirma el fallo, de 25 folios y carga ecologista citado por El País.
El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000.
La declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina por parte de la Junta se remonta a 1999 y en su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) se prohibía cualquier estación de esquí alpino. La zona alberga una de las dos únicas poblaciones de oso pardo que quedan en España, entre otras especies protegidas. Pero en 2004, la empresa Tres Provincias presentó con un plan para construir una estación de esquí que tendría una parte sobre el espacio protegido.
En 2006, la Junta de Castilla y León modificó el PORN para permitir la estación de esquí y estimular el "desarrollo socioeconómico". El Ejecutivo autonómico apostó fuerte por esta estación y prepara una ley para ampararlo, explicó el rotativo.
Los ecologistas recurrieron al considerar que era "un escándalo que la Junta se dedicase a degradar un espacio natural y defendiera los intereses de una empresa", como explicó al diario Gonzalo Canales, de Arca. Aportaron informes científicos de la Universidad de León, Salamanca y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas que critican el proyecto y en particular el impacto que tendría sobre los osos pardos.

PLAN POLÉMICO.
La estación de esquí de San Glorio es un proyecto tan conocido como polémico. El plan cuenta con el apoyo de la Junta de Castilla y León, el Gobierno del PSOE le concedió una ayuda de 1,7 millones de euros para zonas mineras y 35 pueblos la apoyan. La estación llegaría a tener 55 kilómetros de pistas, la mayor de la Cordillera Cantábrica.
Entre los accionistas de la estación está David Álvarez, propietario de las bodegas Vega Sicilia. La empresa afirma que pretende invertir 100 millones y que crearía 350 empleos. Pero la oposición de los ecologistas y organismos científicos ha sido enorme. Alegan que no hay nieve en San Glorio y que habrá mucho menos con el cambio climático. El Ministerio de Medio Ambiente prevé que la cota de nieve subirá 300 metros en las próximas décadas.
En San Glorio, donde está previsto esquiar a partir de los 1.500 metros, las nevadas se han reducido una media de 70 centímetros de nieve en medio siglo mientras que la temperatura ha subido casi un grado, según un estudio de Javier Corripio, glaciólogo en la Universidad de Innsbruck, concluyó el rotativo





El Constitucional mantiene la suspensión cautelar del artículo que impide a los forestales entrar en fincas privadas

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado mantener la suspensión cautelar del artículo 9 de la Ley de Medidas Urgentes de Modernización aprobada por la Comunidad de Madrid, que impedía el acceso de los agentes forestarles a las fincas privadas sin autorización judicial.
En un auto notificado el viernes, al que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal esgrime que la aplicación del precepto impugnado por el Ejecutivo central "podría ocasionar consecuencias desfavorables para los valores medioambientales susceptibles de protección y el daño que éstos constituiría".
"En cualquier caso --prosigue--, un perjuicio al interés general difícilmente reparable y de mayor entidad que el que pudiera causarse a los particulares, titulares del derecho de propiedad sobre montes y terrenos forestales, así como a los eventuales infractores sancionados como consecuencia de la actividad inspectora de los agentes forestales".
Para los magistrados, la prevalencia de los valores medioambientales presenta "una innegable dimensión de interés general que, en este caso, no puede ser contradicha por los intereses particulares" de la Comunidad de Madrid.
De este modo, el Constitucional se pronuncian a favor del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra la normativa autonómica al entender que invadía competencias reservadas por la Constitución a la legislación estatal. El Ministerio de Medio Ambiente estimó que la norma autonómica vulneraba la competencia que la Constitución reserva al Estado para establecer legislación básica en materia de protección del medio ambiente y de los montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.
Según Medio Ambiente, el artículo 9 de dicha Ley quebrantaba las competencias estatales en materia de Administración de Justicia, otorgadas también por la Constitución, al atribuir a los jueces y tribunales funciones jurisdiccionales no incluidas actualmente en la normativa estatal vigente.
El auto cuenta con un voto particular formulado por el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata, al que se adhiere Ramón Rodríguez Arribas, en el que pone de manifiesto que es "necesaria una reflexión profunda" sobre la doctrina aplicada por el Alto Tribunal, ya que "en su estado actual, lleva a resoluciones contrarias al principio de predictibilidad de las respuestas jurisdiccionales".


PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL
En la fundamentación jurídica, los magistrados subrayan que los forestales "han de operar como factor disuasorio de actuaciones contrarias, así como hacer posible la reparación de los daños provocados por las mismas". Sus funciones encomendadas "no persiguen únicamente una finalidad represiva o sancionadora, vinculada a labores de policía administrativa especial que responden al objetivo de vigilancia y protección del medio natural, sino también preventiva, mediante la utilización de medios positivos que eviten la producción del daño".
El auto recalca que el levantamiento de la suspensión del precepto impugnado colocaría "en situación de mayor riesgo los valores medioambientales a cuya protección está ordenada la legislación autonómica". De este modo, se aprecia que hay "elementos de juicio suficientes para estimar que concurren las notas de certeza e inmediatez de los daños" al medio natural.
"Dado el carácter notorio, cierto y de presente en el alcance e intensidad de los daños que podría sufrir la adecuada conservación de los ecosistemas y de la diversidad biológica de la Comunidad Autónoma, no nos encontramos aquí ante alguno de los supuestos en los que, conforme a nuestra doctrina, los intereses medioambientales hayan de quedar subordinados a otros intereses", concluye.

Se pone en marcha un sistema para la reducción de emisiones de CO2

El 7 de abril se presentó, dentro del Plan de Medidas Urgentes contra el Cambio Climático, esta iniciativa con la que se persigue incentivar una reducción anual de al menos un millón de toneladas de CO2 equivalente en los sectores de transporte, residencia, comercial, institucional, residuos y agrario mediante actuaciones voluntarias de empresas y sector privado.
Con este nuevo sistema propuesto conjuntamente por el Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE) y el Ministerio de Medio Ambiente las empresas tendrán acceso a los formularios necesarios para presentar sus proyectos en la página web de la institución (www.sostenibilidad-es.org) y podrán utilizar un logo acreditativo de su pertenencia al sistema una vez se evalúen y verifiquen las reducciones de emisiones llevadas a cabo.
Asimismo, cabe destacar, por un lado, el apoyo de la CEOE a la iniciativa y, por otro, los primeros compromisos voluntarios de reducción de gases de efecto invernadero por parte de algunas empresas importantes del panorama nacional (en concreto SOL Meliá y ALSA).
.Monografies:

Estudios de derecho ambiental (I) / José Manuel Ruiz-Rico Ruiz, Gerardo Ruiz-Rico Ruiz, Nicolás Pérez Sola (coordinadores). — Valencia : Tirant lo Blanch, 2007. — 390p. ; 21,5 cm. — (Monografies ; 512 ) ISBN 978-84-8456-977-0 : 28,52Ç 1. Medi ambient - Protecció 2. Delictes contra el medi ambient I. Ruiz-Rico Ruiz, José Manuel II. Ruiz-Rico Ruiz, Gerardo III. Pérez Sola, Nicolás IV. Título504.06(4+46) Est