dijous, 31 de juliol del 2008

DRET ADMINISTRATIU, URBANISME...

Monografies:

El Estatuto del Trabajo Autónomo. Madrid : La Ley, 2008. 579 p.
331.106.27 El E

Estatuto Básico del Empleado Público. Madrid : La Ley, 2007. 773 p.
35.088 Est

GARCÍA MEDINA, José. Hipoteca del aprovechamiento urbanístico. Madrid : La Ley, 2008. 446 p.
711.4:347.27 Gar

Jóvenes y políticas públicas. Madrid : La Ley, 2008. 500 p.
347.646 Jov


Notícies jurisprudencials d’última hora:

1. El Constitucional avala la presentación de una reclamación económico-administrativa sin alegaciones.
El Tribunal Constitucional (TC) ha reconocido la posibilidad de que un demandante pueda presentar una reclamación económico-administrativa sin alegaciones que fundamenten los motivos por los que pide la anulación de una sanción y la obligatoriedad de la Justicia a tramitar la reclamación, según informó hoy la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).
El Constitucional resuelve esta discrepancia procesal mediante una sentencia que aceptó el amparo solicitado por una demandante contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que había desestimado un recurso administrativo por ausencia de alegaciones, obligando al tribunal a entrar sobre el fondo del asunto.
La sentencia del TC establece que el fallo impugnado "descansa en una anticuada concepción del carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa extremadamente rígida". Esta cuestión ha dado lugar a numerosos pronunciamientos contradictorios en vía jurisdiccional.
Para el Alto Tribunal, al rechazar el TSJ el examen de las alegaciones "habría cercenado injustificadamente el derecho fundamental de la demandante a que un órgano judicial conozca y resuelva sobre la pretensión a él sometida".
Así, resuelve que la ausencia de alegaciones en un recurso administrativo, no autoriza al órgano judicial a eludir un pronunciamiento de fondo sobre los motivos aducidos en la demanda para fundamentar la pretensión anulatoria del acto sancionador.
La sentencia dictada por el TSJ de Asturias concluyó que la demandante había planteado la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEAR) como un mero trámite formal para acceder al procedimiento contencioso-administrativo, al haberse limitado a formular la reclamación sin realizar alegación alguna en el escrito de interposición, ni en el trámite posterior de alegaciones.
Dins: www.aranzadi.es (24.7.08)


2. Condenan a cuatro años de cárcel al gerente de un bar musical de barcelona por exceso de ruido.
EP).-El titular de la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona ha condenado al gerente del bar musical Macumba de Barcelona a cuatro años de cárcel y a una multa de 4.386 euros por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente con desobediencia a las órdenes expresas de la autoridad municipal por exceso de ruido.
La sentencia, emitida el 22 de julio, inhabilita al gerente, Apolinar B.R., al ejercicio de actividades relacionadas con bares, espectáculos y lúdico-musicales por cuatro años y clausura el bar por cinco años.
Por otra parte, le absuelve de los delitos de lesiones y coacciones a las vecinas de la primera planta del inmueble donde estaba ubicado el local de ocio, en el número 381 de la calle Aragó, cerca de la confluencia con Roger de Flor, por falta de pruebas.
En el juicio, Apolinar B.R., de origen dominicano, explicó que no recibió ninguna queja de las vecinas, que realizó obras de insonorización en su local a petición del Ayuntamiento y que las pruebas sonométricas posteriores dieron resultados por debajo de los límites legales.
Según las vecinas, el bar Macumba estaba abierto hasta más allá de las 03.00 horas, y los fines de semana hasta las 07.00 horas con la música a todo volumen y gritos de los clientes y actuaciones musicales con micrófono. Esto hacía "retumbar" la estructura de la vieja finca, e incluso hacía saltar algunas baldosas.
A pesar de las reiteradas quejas al propietario, éste no les hacía caso, por lo que las vecinas decidieron denunciarlo a la Guardia Urbana y el Ayuntamiento, ya que no podían dormir, sufrían insomnio, depresión, trastornos psicológicos y gástricos.
PRIMERA INSPECCIÓN EN 2004
En el juicio se explicó que en una primera inspección en mayo de 2004, la Urbana detectó que no había limitador de sonido en el equipo de música y que el ruido alcanzaba los 88 decibelios, cuando el máximo permitido legalmente son 80. Meses después, en noviembre, una segunda inspección constató que no se había hecho ninguna reforma en el local.
En enero de 2005 un inspector del distrito del Eixample, tomó muestras sonométricas desde el dormitorio de una vecina y detectó un nivel de 58,17 decibelios, casi el doble de los 30 legalmente permitidos en un domicilio en horario nocturno. Por ello, el distrito incoó un expediente administrativo sancionador y el 15 de abril de 2005 le ordenó el cese de la actividad y la realización de obras para insonorizar el local.
Cuatro días después, Apolinar B.R. presentó una propuesta de insonorización, pero el bar fue clausurado por el Ayuntamiento el 25 de abril.
Meses después, el 29 de septiembre, el dueño comunicó al Ayuntamiento que había finalizado las obras y había instalado un limitador sonométrico y pidió que se le dejara reabrir. El 5 de diciembre, el Consistorio le autorizó la reapertura.
Las vecinas afectadas contrataron a una empresa de mediciones sonoras reconocida por la Entidad Nacional de Acreditación (Enac). El 17 de diciembre, desde el interior del edificio detectó un nivel de 44,4 decibelios.
La denuncia presentada a la Guardia Urbana hizo que en febrero de 2006 dos agentes comprobaran, ante la presencia del dueño, que el local emitía la música a través de un ordenador, burlando así el limitador de sonido instalado en el equipo de música.
Poco después, el 17 de marzo, otro inspector del distrito tomó una tercera muestra sonométrica desde los domicilios de las vecinas, dando como resultado un nivel de 41,4 decibelios, superando todavía los 30 permitidos. Cuatro días después, una empresa contratada por el Ayuntamiento volvió a tomar muestras desde el mismo lugar y dio un índice de 42,4.
Debido a estos resultados, el 24 de marzo decretó la clausura del local, aunque ésta no se llevó a cabo. El 18 de abril las vecinas denunciaron el caso ante el juez de guardia. Finalmente, el 9 de octubre de 2006 el Ayuntamiento volvió a medir el nivel sonoro desde los domicilios, lo que dio un resultado de 32,3 decibelios.
Durante su declaración, el acusado dijo no recordar casi nada de las inspecciones sonométricas, pero aseguró que su local siempre ha dispuesto de limitador y que llegó a presentar tres certificados que lo probaban.
Las vecinas explicaron que no podían dormir debido al fuerte ruido, ya que incluso podían entender la letra de las canciones y distinguir claramente la música.
PEDÍAN MÁS DE NUEVE AÑOS DE CÁRCEL
Por todo ello, la Fiscalía pidió seis años de prisión por un delito contra el medio ambiente y un año de prisión por cada uno de los tres delitos de lesiones contra las tres vecinas afectadas. La acusación particular elevó la petición de prisión por tres delitos de coacciones, al considerar que el dueño no hizo caso a las peticiones de las vecinas.
El Ministerio Público también solicitó una multa de 64.800 euros, una indemnización de 10.000 euros a cada una de las tres afectadas por las secuelas y cuatro años de inhabilitación para ejercer actividades de bar, espectáculo o música.
Dins: www.aranzadi.es (30.7.08)



Novetats legislatives:

DECRET LLEI 1/2008, d'1 de juliol, de mesures urgents en matèria fiscal i financera.
DOGC 5165, 3.7.08

DECRET 127/2008, d'1 de juliol, de regulació de les competències de la Generalitat en matèria de mediació en assegurances i reassegurances privades.
DOGC 5165, 3.7.08

Reglamento (CE) no 592/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (1).
DOUE 177, 4.7.08

Directiva 2008/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas.
DOUE 179, 8.7.08

Corrección de errores de la Orden PRE/1743/2008, de 18 de junio, por la que se establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción.
BOE 165, 9.7.08

DECRET 137/2008, de 8 de juliol, pel qual s'aprova la Classificació catalana d'activitats econòmiques 2009 (CCAE-2009).
DOGC 5170, 10.7.08

DECRET 138/2008, de 8 de juliol, d'indemnitzacions per raó del servei.
DOGC 5170, 107.08

Decisión del Comité Mixto del EEE no 32/2008, de 14 de marzo de 2008, por la que se modifica el anexo XVI (Contratos públicos) del Acuerdo EEE
DOUE 182, 10.7.08

ORDRE ASC/342/2008, de 30 de juny, per la qual es regula el procediment aplicable a la sol·licitud i concessió de l'ajut econòmic establert a l'article 27 de la Llei orgànica 1/2004, de 28 de desembre, de mesures de protecció integral contra la violència de gènere.
DOGC 5173, 15.7.08

Orden INT/2058/2008, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden del Ministro del Interior de 7 de febrero de 1997, por la que se regula la Tarjeta de Extranjero, en lo concerniente al número de Identidad de Extranjero.
BOE 170, 15.7.08

LLEI 8/2008, de 10 de juliol, de finançament de les infraestructures de gestió dels residus i dels cànons sobre la disposició del rebuig dels residus.
DOGC 5175, 17.7.08

LLEI 9/2008, de 10 de juliol, de modificació de la Llei 6/1993, del 15 de juliol, reguladora dels residus.
DOGC 5175, 17.7.08

ORDRE TRE/369/2008, de 21 de juliol, de modificació de l'Ordre TRE/449/2007, de 22 de novembre, per la qual s'estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l'any 2008 (DOGC núm. 5023, pàg. 51886, de 5.12.2007).
DOGC 5184, 30.7.08

Ley Orgánica 1/2008, de 30 de julio, por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en la capital portuguesa el 13 de diciembre de 2007.
BOE 184, 31.7.08

DECRET 152/2008, de 29 de juliol, pel qual es regulen l'habitatge concertat i l'habitatge de lloguer amb opció de compra, i s'adopten altres mesures en matèria de l'habitatge.
DOGC 5185, 31.7.08



Altres notícies:


Projecte de llei d’espectacles públics i ac­tivitats recreatives.
Tram. 200-00026/08

Aprovació de la Llei de Seguretat industrial
BOPC 310, 23.7.08

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial.