divendres, 27 de febrer del 2009

ADVOCATS, PROFESSIÓ...

Articles de revista:

ARBIOL, M. El Abogado ante la crisis. Dins: ECONOMIST & JURIST, núm. 127 (2009), p. 63-67

La Hoja de encargo profesional: [en què consisteix, requisits, drets i deures de les parts... ]. Dins: FISCAL & LABORAL AL DÍA, núm. 172 (2009), p. 58-61


Monografies:

JUAN SÁNCHEZ, R. Sanciones a abogados y procuradores : con ocasión de su actuación ante la Administración de Justicia. Valencia : Tirant lo Blanch, 2009. 164 p.
347.965.6 Jua


Notícies jurisprudencials d’última hora:

1. Sentencia de 16 de diciembre de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que declara la nulidad del párrafo tercero del artículo 14.1 del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial de los Abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales y colectivos, que es del siguiente tenor: "No se computará a efectos de la duración máxima de la jornada de trabajo, sin perjuicio de su compensación económica, el tiempo que empleen los abogados en los desplazamientos o esperas, salvo que durante los mismos realicen actividades propias de su profesión. En los convenios colectivos se determinarán los supuestos concretos de desplazamientos y esperas que no se computarán a efectos de la duración máxima de la jornada".
BOE 34, 9.2.09

2. Piden cinco años para un abogado que se apropió del dinero de sus clientes.
La Fiscalía de Málaga ha pedido cinco años de prisión para un abogado que se apropió de grandes sumas de dinero que sus clientes tenían en el banco al ser autorizado a acceder a la cuenta para realizar los pagos correspondientes a la adquisición de una finca por parte de los afectados. Según la calificación del ministerio público, a la que ha tenido acceso Efe, el acusado se encargó de los trámites necesarios para comprar la finca Los Perros en Murtas (Granada) por encargo del matrimonio, que eran emigrantes españoles residentes en Australia.
Para que el abogado llevara a cabo su trabajo, la mujer y el hombre otorgaron el 6 de febrero de 2007 un poder notarial al acusado con el fin de poder hacer los pagos necesarios y sacar dinero de la cuenta corriente de un banco. La nómina del acusado, que además tiene antecedentes penales por delito de estafa y falsedad en sentencia de 2008 a penas de más de tres años de prisión, estaba acordada en 4.000 euros y los pagos y reintegros fueron también previamente pactados.
En sus conclusiones provisionales, el fiscal asegura que el abogado, abusando del poder entregado y de la confianza prestada, sacó más de 25.000 euros en distintos reintegros, y 2.600 de ellos fueron utilizados para pagar el alquiler del local donde tiene el despacho. En abril de 2007, el matrimonio contactó con la inmobiliaria que vendía la finca en la que estaban interesados y les indicaron que el acusado cambiaba constantemente la fecha de la firma del contrato privado de compraventa y que el depósito no lo había abonado. El acusado fue requerido en varias ocasiones por los perjudicados a que diera explicaciones, y al final emitió dos cheques en favor de el hombre en junio de 2007 por importe cada uno de ellos de 10.000 euros, que nunca fueron a efectuarse.
Los hechos son constitutivos de un delito de apropiación indebida de fondos de especial gravedad, relacionado con vivienda y con abuso de confianza y de relación profesional, del que responde el acusado en concepto de autor. La Fiscalía pide también la inhabilitación especial para la profesión de abogado, intermediación en la compraventa de bienes inmuebles, gestor inmobiliario o comercio relacionado con viviendas y otros bienes inmuebles, junto con una multa de 18 meses con una cuota diaria de 12 euros y las costas del proceso judicial.
Sobre la responsabilidad civil derivada del delito, el acusado deberá indemnizar a los afectados en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia.
Dins: http://www.aranzadi.es/ (11.2.09)


Novetats legislatives:

Tribunal de Justicia. Modificaciones de las instrucciones prácticas relativas a los recursos directos y a los recursos de casación.
DOUE 29, 31.1.09

ORDRE JUS/46/2009, d'11 de febrer, per la qual es dóna publicitat a la relació de les taxes vigents que gestiona el Departament de Justícia.
DOGC 5321, 18.2.09


Altres notícies:

1. Nous telèfons i faxos Jutjats Terrassa

Instrucció 1 de Terrassa 93.693.29.83 Fax. 93.693.29.59
Instrucció 2 de Terrassa 93.693.29.86 Fax. 93.788.04.73
Instrucció 3 de Terrassa 93.693.29.89 Fax. 93.693.25.77
Instrucció 4 de Terrassa 93.693.29.92 Fax. 93.693.25.78
Jutjat de violència sobre la dona 1 de Terrassa 93.693.25.83 Fax. 93.693.25.86
Jutjat de Guàrdia 93.693.29.22 Fax. 93.693.29.27


Jutjat d'instància 1 de Terrassa 93.693.29.61 Fax. 93.693.29.51
Jutjat d'instància 2 de Terrassa 93.693.29.64 Fax. 93.693.29.52
Jutjat d'instància 3 de Terrassa 93.693.29.67 Fax. 93.693.29.53
Jujtat d'instància 4 de Terrassa 93.693.29.70 Fax. 93.693.29.54
Jutjat d'instància 5 de Terrassa 93.693.29.73 Fax. 93.693.29.55
Jutjat d'instància 6 de Terrassa 93.693.29.76 Fax. 93.693.29.54
Jutjat d'instància 7 de Terrassa 93.693.29.79 Fax. 93.693.29.57

2. Regulado el sistema de registros administrativos de apoyo a la administración de justicia.
Se da luz verde al Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes, que ofrecerá información sobre la existencia de órdenes en vigor de busca y captura o de detención y puesta a disposición y sobre la peligrosidad del sujeto.
Su puesta en funcionamiento contribuirá a prevenir la especial reincidencia de los agresores sexuales. Una de sus principales novedades es que reflejará la condición de menor de edad de las víctimas.
Dicho sistema estará integrado en un futuro por las bases de datos de los registros de Penados, Víctimas de la Violencia Doméstica, Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes, Rebeldes Civiles y Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia. El texto permite la creación del Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes, previsto en la disposición segunda de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como parte del proceso de modernización del sistema de registros administrativos.
El nuevo Registro constituirá un instrumento de gran utilidad para los órganos judiciales que dispondrán de más elementos de juicio a la hora de ponderar sus resoluciones en las distintas fases del proceso penal.
Igualmente, el Registro de Medidas Cautelares ofrecerá información sobre la existencia de órdenes en vigor de busca y captura o de detención y puesta a disposición, que permitan al juez valorar la existencia de riesgo de fuga, en la resolución en la que decida sobre la prisión o libertad provisional del imputado.
Además, aunque no está concebido como registro específico de agresores sexuales, su puesta en funcionamiento contribuirá a prevenir la especial reincidencia que se produce en estos tipos delictivos. Una de sus principales novedades es que reflejará la condición de menor de edad de las víctimas, proporcionando tanto a los juzgados y tribunales como a la policía judicial nuevos elementos de conocimiento que permitan una protección más eficaz de los menores.
Interconexión de registros
El Sistema de Registros regulado en el Real Decreto aprobado hoy tiene como objetivo servir de apoyo a la actividad de los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de seguridad pública y de otros órganos administrativos.
Dicho Sistema estará integrado por las bases de datos de los cinco registros existentes:
Registro Central de Penados
Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica
Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes
Registro Central de Rebeldes Civiles
Registro de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores
Primera Fase
La creación del Registro de Medidas Cautelares supone la primera fase de este proceso de interconexión, ya que entrará en funcionamiento conectado con el de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica. En una fase posterior se integrarán los restantes en un único sistema de información.
Recientemente entró en funcionamiento la nueva aplicación informática del Registro Central de Penados, con lo que todos los registros están ya preparados para su futura interconexión.
El coste de la aplicación informática del Registro de Medidas Cautelares es de cuatrocientos mil euros. Por otra parte, para la integración total de todas las bases de datos de los distintos Registros de Apoyo a la Administración de Justicia en un único sistema de información, el Ministerio invertirá otros cuatrocientos mil euros, a los que hay que sumar 144.000 euros para la puesta en marcha de la infraestructura de máquinas oportuna. Estas cuantías no supondrán en ningún caso un incremento de coste que no se encuentre comprendido en los presupuestos del Ministerio de Justicia.
Con la nueva aplicación informática se alcanzará el sistema integrado de gestión de todos los registros, con lo que se eliminarán duplicidades, trabajos innecesarios e incluso contradicciones entre las bases de datos de los mismos. Al mismo tiempo, permitirá de manera casi total la eliminación del soporte papel en las comunicaciones y garantizar mejor la confidencialidad de las mismas.
Dins: http://www.la-moncloa.es/ (6.2.09)
Accés al text de la disposició legal

3. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha convocado en Cataluña 190 plazas de jueces sustitutos para órganos unipersonales de la comunidad y 57 plazas de magistrados suplentes, de los que nueve serán destinados al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y el resto a las Audiencias Provinciales.Según aparece el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado hoy y recogido por Europa Press, se han convocado 35 plazas de magistrados suplentes para la Audiencia de Barcelona, 45 plazas de jueces sustitutos para órganos unipersonales de la capital catalana y otras 81 para localidades del resto de la provincia, como Gavà, Vic, Igualada, Rubí, Vilafranca del Penedès y Vilanova i La Geltrú.
El máximo órgano de gobierno de los jueces destinará cinco magistrados suplentes a la Audiencia de Tarragona y otros 25 jueces sustitutos a los juzgados de Tarragona, Amposta, El Vendrell, Falset, Gandesa, Reus, Tortosa y Valls (Tarragona).El CGPJ también ha convocado 30 plazas para la demarcación de Girona, de los que cinco serán para la Audiencia Provincial y el resto para los juzgados de Girona, Blanes, Figueres, La Bisbal de l'Empordà, Puigcerdà, Ripoll, Sant Feliu de Guíxols y Santa Coloma de Farners.

Los juzgados unipersonales de Lleida, Balaguer, Cervera, La Seu d'Urgell, Solsona, Tremp, Vielha e Mijaran serán reforzados con 14 jueces sustitutos, mientras que en la Audiencia Provincial se crearán cuatro plazas de magistrados suplentes.Estas plazas se convocan por acuerdo de 29 de enero de 2009, del Pleno del CGPJ, por el que se convocaron plazas de magistrado suplente y de juez sustituto para el año judicial 2009/2010 en todo el Estado. Los candidatos tienen 21 días para presentar su solicitud.
BOE 32, 6.2.09

4. Los procuradores informatizan sus trámites judiciales.
El Departament de Justícia ha culminado la implantación del sistema por el que los juzgados de Catalunya (primera instancia, instrucción, mercantiles y de violencia de género) envían sus notificaciones a los procuradores de los tribunales por vía telemática. El sistema Lexnet, totalmente seguro, se ampliará este año a los juzgados contencioso administrativos. Justícia calcula que en el 2009 la cifra de notificaciones telemáticas rebasará los 2 millones, con lo que se producirá un ahorro estimado en 22,5 millones de folios. / Redacción.
Dins: http://www.lavanguardia.es/ (13.2.09)

5. El Consejo de la Abogacía pide que se garantice la prestación del Turno de Oficio.
El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha pedido que se garantice el turno de oficio y ha exigido a las Comunidades Autónomas que cumplan sus obligaciones económicas, procedan al pago puntual y adopten medidas presupuestarias para la prestación de la asistencia jurídica gratuita.
En un comunicado distribuido hoy explica que ante la situación que se está produciendo en el seno de algunos Colegios de Abogados en relación al funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita, la Comisión Permanente del CGAE quiere hacer lo siguiente:
1º) El CGAE defiende el actual modelo de asistencia jurídica gratuita en cuanto encomienda al Consejo General de la Abogacía y a los Colegios de Abogados la organización y gestión de los servicios de asistencia letrada y defensa gratuitas, y considera que su intervención es necesaria para garantizar la libertad e independencia de la prestación profesional de los Abogados designados y, en definitiva, la plena realización del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.
2º) La asistencia jurídica gratuita es una parte esencial del servicio público de la justicia y en sus muchos años de funcionamiento ha alcanzado, con el esfuerzo de miles de abogados, cotas muy altas de eficacia y calidad en la defensa de los ciudadanos más necesitados, que es necesario preservar, prestándole la debida atención y medios, por todos los poderes públicos y agentes con responsabilidades en el ámbito de la justicia.
3ª) El CGAE apoya la exigencia, por los Colegios de Abogados y Consejos Autonómicos de Colegios frente a las Administraciones Públicas, del pago justo y puntual de sus obligaciones económicas en relación con el Turno de Oficio y la diligente adopción de las correspondientes medidas presupuestarias.
4º) Es obligación de las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados disponer los medios precisos para asegurar la prestación continuada de los servicios de asistencia letrada y defensa gratuitas sin que las reivindicaciones, muchas veces justas, de los abogados y los propios Colegios sobre las condiciones económicas y materiales del ejercicio de la asistencia y la defensa puedan prevalecer sobre el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos para los que se presta el servicio.
Accés al text del comunicat
Dins: http://www.expansion.com/ (13.2.09)

6. Tots els partits judicials de Catalunya ja fan els tràmits amb els procuradors per via telemàtica.
La implantació del sistema telemàtic LexNET per fer les notificacions als procuradors s'ha consolidat el 2008, i actualment el fan servir tots els jutjats de Catalunya civils, mercantils i de violència sobre la dona. Des de juliol de 2007, any que es va posar en marxa el sistema LexNET, s'han fet 1.570.533 notificacions per via telemàtica. El Departament de Justícia preveu posar-lo en funcionament durant l'any 2009 als jutjats contenciosos administratius de Catalunya, al Gabinet Jurídic de la Generalitat, als advocats de l'Estat i a les sales civils de les audiències provincials.
Més informació
Dins: e-justicia, núm. 190 (2009) (19.2.09)

7. Acuerdo de 29 de enero de 2009, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombra Director de la Escuela Judicial a don José Pascual Ortuño Muñoz.
BOE 50, 27.2.09