divendres, 27 de febrer del 2009

DRET DE FAMÍLIA, SUCCESSIONS, MENORS...

Articles de revista :

ARCH MARIN, M., JARNÉ ESPARCIA, A. Opinión y valoración de los diferentes sistemas de guarda y custodia por psicólogos forenses y juristas españoles : un estudio piloto. Dins: REVISTA DE DERECHO DE FAMILIA, núm. 41 (2008), p. 25-33

CASALS GENOVER, M. La Indignitat successòria. Dins: ECONOMIST & JURIST : Catalunya, núm. 127 (2009), p. 8-13

EZQUERRA ESCUDERO, L. La Reducción de jornada por guarda legal.Dins: ARANZADI SOCIAL : revista doctrinal, núm. 14 (2008), p. 79-107

IGLESIAS CABERO, M. Garantías de las trabajadoras embarazadas frente al despido : una cuestión que sigue suscitando dudas. Dins: ACTUALIDAD JURÍDICA ARANZADI, núm. 767 (2009), p. 1-6

MANTECA VALDELANDE, V. Cuando desaparece la causa del comodato, el poseedor se convierte en precarista. Dins: ACTUALIDAD JURÍDICA ARANZADI, núm. 768 (2009), p. 1, 8-10

MARTÍNEZ NOVO, S. Especialidades de la prueba en los procesos de filiación. Dins: IURIS : ACTUALIDAD Y PRÁCTICA DEL DERECHO, núm. 134 (2008), p. 44-50

PÉREZ UREÑA, A. La Pensión compensatoria tras el cese de la convivencia more uxorio, a la luz de la reciente praxis judicial. Dins: REVISTA DE JURISPRUDENCIA, núm. 4 (2008), p. 1-6

Posibilidad de concreción del contenido de la patria potestad en las resoluciones judiciales. Dins: BOLETÍN DE DERECHO DE FAMILIA, núm. 86 (2009), p. 2-9

RODRÍGUEZ INIESTA, G. El Reparto de la pensión de viudedad cuando concurren cónyuge y excónyuge : comentario a la STSJ de Madrid, de 20 de junio de 2008 (AS 2008, 1776). Dins: ARANZADI SOCIAL : REVISTA DOCTRINAL, núm. 16 (2009), p. 27-31

TAMAYO HAYA, S. El Interés del menor como criterio de atribución de la custodia. Dins: REVISTA DE DERECHO DE FAMILIA, núm. 41 (2008), p. 35-79

YLLA MONTFORTE, S. La Fiscalitat dels pactes successoris.Dins: ECONOMIST & JURIST : Catalunya, núm. 127 (2009), p. 14-17

ZARRALUQUI SÁNCHEZ-EZNARRIAGA, L. Capitulaciones matrimoniales ¿hasta dónde llega la voluntad de pactos?. Dins: ECONOMIST & JURIST, núm. 127 (2009), p. 18-24


Monografies:

PUIG FERRIOL, Ll., ROCA TRIAS, E. Institucions del dret civil de Catalunya: successions. 7a. Valencia : Tirant lo Blanch, 2009. 686 p.
347.65/.66(467.1)"2008" Pui


Notícies jurisprudencials d’última hora:

1. Sentència del TSJ Catalunya de 31.7.08, beneficis i requisits de la custòdia compartida, i establiment de pensió alimentícia.
Accés al text de la sentència

2. El TS fija en 15 años el plazo para poder exigir la responsabilidad civil derivada de un delito cometido por un menor.
El Tribunal Supremo ha fijado en 15 años el plazo para poder exigir la responsabilidad civil en relación a delitos que hayan sido juzgados en vía penal por un Juzgado de menores, al tomar como referencia el Código Civil y no la legislación de menores, que establece un plazo de prescripción de un año. En una sentencia hecha pública hoy de la que se adelantó el fallo el pasado 11 de diciembre, la Sala de lo Civil confirma una sentencia de la Audiencia Provincial de Almería que obligaba a los padres de dos menores a indemnizar con tres millones de pesetas (18.000 euros) a los de otro al que en junio de 1996 sus hijos agredieron cuando trataban de robarle unas zapatillas deportivas. Los padres condenados presentaron un recurso de casación alegando que su única responsabilidad se circunscribía a no haber vigilado adecuadamente a sus hijos y no a que éstos cometieran un delito. A partir de esta consideración, argumentaban que el plazo para la prescripción era de un año. Entre los hechos y la presentación de la demanda transcurrieron 21 meses. SUBSISTE LA RESPONSABILIDAD CIVILLa sentencia, de la que ha sido ponente la juez Encarnación Roca, sostiene que los hechos tipificados como delito que sean cometidos por personas con menos de 16 años corresponden a la jurisdicción de menores, de forma que "el juez civil queda totalmente vinculado por la resolución penal".De esta forma, la inimputabilidad de los menores "excluye la responsabilidad penal, pero deja subsistente la civil para la reparación de los daños causados por el hecho"."Para que esta responsabilidad tenga el mismo tratamiento que la derivada de un delito es necesario que el tribunal competente haya declarado la existencia del hecho y la autoría del menor de edad", añade el tribunal.
Dins: http://www.aranzadi.es/ (6.2.09)


Novetats legislatives:

REAL DECRETO 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos.
BOE 229, 14.12.07

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, por la que se aprueba el modelo oficial de solicitud de anticipo a cargo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, regulado en el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre.
BOE 306, 22.12.07

Real Decreto 73/2009, de 30 de enero, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2009.
BOE 27, 31.1.2009

Real Decreto 74/2009, de 30 de enero, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el ejercicio 2009.
BOE 27, 31.1.09

Orden JUS/242/2009, de 10 de febrero, por la que se aprueban los modelos de remisión al Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica de la información que debe inscribirse en el mismo.
BOE 39, 14.2.09

Resolución de 20 de enero de 2009, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2009 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
BOE 28, 2.2.09

Real Decreto 99/2009, de 6 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del sistema para la autonomía y atención a la dependencia garantizado por la Administración General del Estado.
BOE 43, 19.2.09


Altres notícies:

EDICTE de 20 de gener de 2009, pel qual se sotmet a informació pública l’Avantprojecte de
llei dels drets i les oportunitats de la infància i l’adolescència.