Notícies jurisprudencials d’última hora:
1. Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2009. Denegada la nacionalidad española a una solicitante que no sabe leer ni escribir en castellano.
El presente recurso trae causa en la denegación de la concesión de la nacionalidad española a una solicitante por no haber justificado suficiente grado de integración en la sociedad española, ya que no sabía ni leer ni escribir en castellano.
La interesada cuestiona, ahora, el examen de la sala de instancia sobre la concurrencia de ese requisito de suficiente grado de integración.
En este sentido, alega que habla y entiende el idioma castellano y que lo lee, aunque con cierta dificultad, así como que está recibiendo clases en un centro de educación de adultos.
El Supremo considera que se está cuestionando la valoración de la prueba sin invocar la infracción de las normas que la disciplinan. Además, sostiene que no resulta ilógica la conclusión de la Sala de instancia sobre el deficiente conocimiento del idioma español por la solicitante y que el hecho de que haya estado matriculada en el mismo nivel en el centro de educación durante dos cursos consecutivos indica la falta de progresión en el conocimiento del idioma.
A estos datos suma el Tribunal el hecho de que la solicitante tampoco realiza actividades sociales, culturales o de otro orden que muestren su participación activa e integrada en la comunidad nacional, por tanto, desestima el motivo invocado por la demandante.
Dins: www.lexnova.es (29.9.09)
2. Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 16 de julio de 2009. Los cónyuges con doble nacionalidad pueden presentar la demanda de divorcio en el Estado que elijan.
Los antecedentes del presente litigio se encuentran en el matrimonio de dos húngaros que emigraron a Francia adquiriendo la doble nacionalidad (húngaro-francesa).
Posteriormente, el marido presentó una demanda de divorcio ante los tribunales de Hungría y la esposa presentó otra ante los tribunales franceses; pronunciándose en primer lugar sobre el divorcio los tribunales húngaros, días después de la adhesión de Hungría a la Unión Europea.
Esta sentencia de divorcio no fue reconocida por los tribunales franceses basándose en la falta de competencia del tribunal húngaro, ya que la residencia habitual de los cónyuges estaba en Francia.
El Tribunal de Justicia aclara que los tribunales de un Estado miembro deben tener en cuenta el hecho de que los cónyuges puedan poseer la nacionalidad de otro Estado miembro y que, por tanto, pueda tener competencia este último. Asimismo, declara que los cónyuges que posean las dos mismas nacionalidades pueden elegir libremente el tribunal del Estado miembro ante el que se sustanciará el litigio, sin que quepa excluir la competencia de dicho Estado por el mero hecho de que el demandante carezca de otros puntos de conexión con él fuera de la nacionalidad.
Dins: www.lexnova.es (29.9.09)
Novetats legislatives:
Reglamento (CE) no 810/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados).
DOUE 243, 15.9.09
Real Decreto 1463/2009, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de inmigración: autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Cataluña.
BOE 229, 22.9.09
REIAL DECRET 1463/2009, de 18 de setembre, de traspàs de funcions i serveis a la Generalitat de Catalunya en matèria d'immigració: autoritzacions inicials de treball per compte propi o aliè de les persones estrangeres que desenvolupin a Catalunya la seva relació laboral.
DOGC 5469, 22.9.09
DECRET 148/2009, de 28 de setembre, pel qual s'assignen al Departament de Treball les funcions i els serveis traspassats a la Generalitat de Catalunya en matèria d'immigració, relatius a les autoritzacions inicials de treball per compte propi o d'altri de les persones estrangeres que desenvolupin la seva relació laboral a Catalunya.
DOGC 5474, 30.9.09
Altres notícies:
1. Madrid recurre ante el Supremo que las autonomías puedan dar permisos de trabajo a extranjeros.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha presentado ante el Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto aprobado por el Gobierno central, que reforma el Reglamento de la Ley de Extranjería sin haber modificado antes la propia Ley, y en el que permite a las comunidades autónomas conceder permisos de trabajo a extranjeros, ya que considera que es "inconstitucional, vulnera la jerarquía legislativa y perjudica la eficacia de la Administración".Así lo ha manifestado hoy el consejero de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty. La reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería --acordado por el Gobierno en julio pasado (RD 1162/2009) permite que las Comunidades autónomas que recojan la mencionada reforma en sus Estatutos --como se produce en los casos de Cataluña y Andalucía--, puedan conceder permisos iniciales de trabajo para los extranjeros.El consejero considera que el reglamento vulnera la distribución constitucional de las competencias. Según ha informado Fernández Lasquetty, el Gobierno regional considera que las competencias en materia de permisos de trabajo deben continuar en el ámbito estatal, según lo recoge el artículo 149.1 de la Constitución española, que señala que "al Estado le corresponde la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo, no siendo susceptibles de transferencia o delegación"."La Constitución Española lo deja clarísimo que la competencia sobre extranjeros y flujos migratorios corresponde al Estado. A pesar de ello, los Estatutos de autonomía aprobados hace dos años por Cataluña o Andalucía incluyen esta competencia", aclaró Lasquetty.En este sentido, recordó que el Partido Popular recurrió en su día la integridad del nuevo Estatuto catalán, y está pendiente de la resolución del Tribunal Constitucional sobre su constitucionalidad. Por ello, el consejero cree que con este Real Decreto el Gobierno central ha querido "adelantarse" a esta resolución judicial por motivos políticos y de "situación parlamentaria" tanto en el Congreso como en el Parlamento de Cataluña."RUPTURA" DE LA UNIDAD PARA REGULAR LA INMIGRACIÓNPor lo tanto, para el Ejecutivo de Esperanza Aguirre, el Gobierno nacional "ha quebrantado el procedimiento que establece el cambio normativo, con el fin de poder traspasar unas competencias a algunas comunidades autónomas que, en este caso, supone la ruptura de la unidad política establecida para regular los flujos migratorios, con los que el Gobierno regional madrileño está de acuerdo".Pero, además, este traspaso competencial supondría, según el consejero de Inmigración, un "caos burocrático" y un "desequilibrio" entre las regiones que tendrían competencias en permisos de trabajo y las que no, por lo que cree que este nuevo procedimiento "no es propio de una política seria en un tema tan importante como la inmigración"."En el primero de los casos, el desorden administrativo se produciría como consecuencia del desdoble burocrático que esta reforma conlleva: las comunidades autónomas iniciarían por su lado los expedientes para otorgar los permisos de trabajo y, paralelamente, la Administración central comenzaría otro proceso para conceder los permisos de residencia a una misma persona extranjera. Habría trabajando dos administraciones paralelamente. Ambos procesos, hasta la fecha, están centralizados en el Estado", indicó.Asimismo, Lasquetty afirmó que esta normativa crearía un "desequilibrio regional", ya que la concesión de los permisos iniciales de trabajo "estarían sujetos a la arbitrariedad de cada comunidad autónoma y que si el extranjero solicitara mudarse a otra región, ésta tendría que asumir los gastos de integración, en asistencia sanitaria, educativa y de prestaciones sociales". LA DECISIÓN DE UNA COMUNIDAD AFECTARÁ A TODASEl consejero argumenta, igualmente, que las consecuencias de las decisiones que tome una sola comunidad, con sus criterios propios, afectaría en corto plazo de tiempo al resto de las autonomías. Por ello, tildó de "injusto" e "inadecuado" que el resto de las regiones estén "a merced" de otra."Si a una persona se le concede permiso de trabajo sólo en Cataluña, al cabo de un año ya no existirían limitaciones geográficas y quedarían habilitados automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional. Si el Gobierno no es capaz de controlar las fronteras de España, mucho menos lo será para controlar dónde acaban trabajando los ciudadanos extranjeros", apostilló.Aunque Lasquetty no quiso hacer juicios de intenciones, señaló que "es evidente" que si estas comunidades reclaman y asumen estas competencias "es inevitable que existan criterios distintos", entre lo que, según dijo, podría encontrarse el de la lengua, "una cuestión que la Generalitat de Cataluña siempre considera importante en su política inmigratoria". "Pero, no sé en este caso, si esto tendría una incidencia. Creo que eso sería una fase de integración y no de llegada", añadió.Según explicó el consejero, el Ejecutivo autonómico "es partidario de la mayor eliminación de barreras posible" y esta medida "dificultaría el mercado de trabajo y el desarrollo económico". "Nosotros, desde la Comunidad de Madrid no queremos ni reclamamos esa competencia, ni ahora ni más adelante, y queremos que siga siendo del Estado", recalcó Lasquetty."Zapatero ha fracasado completamente en cuanto a la llegada de inmigrantes que lleguen a España lo hagan de manera regular y ordenada. Y lo que denunciamos ahora es que para terminar de estropear las cosas se le dé a algunas comunidades autónomas la potestad para dar por su cuenta los permisos iniciales de trabajo. Creemos que es un paso más en la desmembración del Estado", agregó.PERJUICIOS PARA LOS INMIGRANTES Y EMPRESARIOSAsimismo, el consejero de Inmigración cree que esta nueva normativa complicaría los trámites burocráticos, "ya de por sí lentos y difíciles" y perjudicaría a los extranjeros que quieran venir a vivir a España. "El inmigrante tendrá que pensar de antemano a qué comunidad quiere venir a trabajar en España, mientras que el empresario que le contrata tendrá que resolver una maraña de trámites y dificultades", añadió. "No me puedo creer que ningún responsable del Ministerio de Trabajo e Inmigración, sabiendo lo complicado que es ya el procedimiento de llegada legal de un inmigrante a España, complicarlo todavía más añadiendo la participación decisiva de una comunidad autónoma es antifuncional", prosiguió Lasquetty.VULNERACIÓN DE LA JERARQUÍA NORMATIVAPor otro lado, el recurso presentado esta mañana por la Comunidad de Madrid incide en el hecho de que el Ejecutivo central ha reformado mediante Real Decreto el Reglamento de la Ley de Extranjería, sin haber modificado antes la propia Ley, "un paso muy grave porque vulnera los principios constitucionales de legalidad y jerarquía normativa", señaló. "Un reglamento que sólo decide el Consejo de Ministros no puede no puede contradecir lo aprobado por las Cortes, donde están los representantes de todos los españoles", dijo Lasquetty, al tiempo que recordó que, además, está en estudio parlamentario una nueva Ley de Extranjería.Por último, el consejero recalcó que el recurso presentado por los Servicios Jurídicos de la Comunidad excluye expresamente tres disposiciones contenidas en el citado Real Decreto, que no se refieren a atribuciones autonómicas, sino que flexibilizan los trámites para renovar los permisos de residencia de aquellos inmigrantes que estén en situación de desempleo, cuestión con la que el Gobierno regional madrileño está de acuerdo.
Dins: www.aranzadi.es (24.9.09)
dimecres, 30 de setembre del 2009
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