Articles de revista:
El Dret de legítima defensa davant de les actuacions de
ESTEVE PARDO, Asunción. Las Patentes sobre los resultados de investigación con células madre. Dins: REVISTA JURÍDICA DE CATALUNYA, núm. 4 (2009), p. 57-88
NAVARRO RODRÍGUEZ, Sonia.
Problemática del leasing inmobiliario. Dins: BOLETÍN DE CONTRATACIÓN INMOBILIARIA, núm. 61 (2009), p. 7-14
QUINTERO, Felipe, BOCOS, Teresa. Administradores extranjeros en sociedades mercantiles españolas : identificación, problemática pràctica. Dins: FISCAL & LABORAL AL DÍA, núm. 180 (2009), p. 14-21
Notícies jurisprudencials d’última hora:
1.
Las compañías multadas son Asefa, con 27,7 millones de euros; Swiss RE, con 22,6 millones de euros; Mapfre, con 21,6 millones de euros; Scor, con 18,5 millones de euros; Munchener, con 15,8 millones de euros; y Caja de Seguros Reunidos (Caser), con 14,2 millones de euros.
Esta multa se sitúa en el primer lugar en el ranking de las sanciones en materia de competencia por delante de una de 57 millones de euros impuesta a Astel y Telefónica en 2004 y la tercera, de 38,7 millones, impuesta a Iberdrola en 2007.
La CNC concluyó que las compañías aseguradoras alcanzaron un acuerdo de precios mínimos con el objetivo de que fuese aplicado no sólo por ellas, sino por todo el mercado del seguro decenal.
Para ello, las compañías se comprometían a incorporar el pacto de precios mínimos a las guías de tarificación que se anexan a los contratos de reaseguro como contenido de obligado cumplimiento por las aseguradoras.
El resultado de esta maniobra fue la total homogeneidad en las primas propuestas por las distintas aseguradoras presentes en el mercado del seguro decenal en España y la eliminación de la competencia, explica
E
EVIDENTES ACTOS DE RETORSIÓN Y BOICOT.
"Existe evidencia de que determinados miembros del cártel realizaron actos de retorsión y de boicot frente a las empresas que se negaban a sustraerse a la disciplina del cártel de precios mínimos, llegando incluso a conseguir romper operaciones comerciales cerradas", concluye
Cuand
La Ley de Ordenación de
Ante el crecimiento del sector de la construcción, y para evitar la caída del precio del seguro decenal, las compañías multadas se reunieron con el objetivo de alcanzar un acuerdo de precios mínimos, que se materializó en un documento de 5 de diciembre de 2001.
Dins: www.aranzadi.es (13.11.09)
Accés a la nota de premsa de la CNC
2. Remiten al Parlamento la reforma penal que crea el delito de piratería y endurece la respuesta a la corrupción.
El Consejo de Ministros acordó hoy la remisión al Parlamento de una reforma de más de 130 artículos del Código Penal que crea, entre otros nuevos delitos, el de piratería -con penas de entre 10 y 15 años de prisión- y prevé una respuesta más contundente frente a los abusos contra los menores y las actuaciones que implican corrupción urbanística.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, destacó en la rueda de prensa posterior al Consejo la importancia "cuantitativa y cualitativa de esta reforma", presentada como Anteproyecto en noviembre de 2008, y que implica la adopción de "nuevas medidas para hacer frente a las demandas de la sociedad española contra las nuevas formas de criminalidad".
"Sólo se debe acometer un cambio en una ley tan sensible cuando los valores colectivos lo requieren, no se trata de actuar de forma irreflexiva frente a hechos graves", dijo el ministro, que agregó que la propuesta que se remite a las Cortes "da respuesta a las inquietudes de los ciudadanos con medidas más modernas y garantizando al tiempo que las penas estarán reorientadas a la reinserción".
PIRATERÍA
Respecto a la piratería, Caamaño señaló que "el Gobierno se encuentra plenamente comprometido con la seguridad de los barcos" y por ello introduce un tipo específico penal. "Con ello queremos dar respuesta a los que con violencia tratan de apoderarse del buque y atentan contra sus tripulantes", dijo.
La razón de ser de la creación de este nuevo delito de piratería, según la exposición de motivos del proyecto inicial, radica en la necesidad de dar respuesta a "la problemática de los eventuales actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima y aérea", como ahora ha puesto de manifiesto el secuestro sufrido por el atunero español 'Alakrana', apresado por piratas somalíes desde el pasado 2 de octubre.
Así, el proyecto de Ley prevé penas de entre 10 y 15 años de prisión a quienes utilicen la violencia, la intimidación o el engaño contra embarcaciones o plataformas en el mar; y penas de entre 1 y 3 años de cárcel a quienes se resistan a las órdenes de un buque de guerra al servicio del Estado "con ocasión de la prevención o persecución" de este tipo de delitos.
PERSECUCIÓN DE
Por
El proyecto también endurece la lucha contra las conductas ilícitas en el sector privado, al regular el cohecho entre particulares y reprimir los actos encaminados a corromper a los administradores de empresas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho.
Además, en el texto se regula por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas o la consideración de conductas punibles en el ámbito informático y en los delitos de torturas y contra la integridad moral, y se introduce la conducta de acoso laboral, es decir, el acoso psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral que humille al que los sufre.
EL TERRORISMO NO PRESCRIBE.
Otra de las novedades principales de esta reforma del Código Penal, que contó con el apoyo del PP en el momento de su presentación, es la no prescripción para los delitos graves de terrorismo, es decir, los que hayan causado una muerte, las más graves lesiones físicas o psíquicas o que hayan consistido en el secuestro de una persona.
El proyecto mantiene también medidas encaminadas a garantizar la mayor protección a menores de 13 años. En la actualidad, el hecho de que la víctima de un delito sexual no haya cumplido aún los 13 años se tiene en cuenta solamente a efectos de aplicar una agravante bajo la consideración de que se trata de un sujeto "especialmente vulnerable".
En el ámbito de la prostitución y la pornografía infantil se tipifican nuevas conductas, como la captación de menores para que participen en espectáculos pornográficos, o el ofrecimiento de pornografía infantil. También se propone la consideración como delito el hecho de lucrarse con estos espectáculos infantiles.
En cuanto al delito de prostitución, también se contemplaba incriminar la conducta del cliente cuando la relación sexual se lleve a cabo con un menor o incapaz.
Otro aspecto de la reforma del Código Penal es la tipificación de forma autónoma del delito de trata de seres humanos, que se separa así del fenómeno de la inmigración clandestina.
LIBERTAD VIGILADA
El proyecto aprobado hoy por el Consejo de Ministros mantiene la creación de la nueva medida de 'libertad vigilada' para terroristas y violadores una vez éstos cumplan su pena de prisión, una novedad que se incluía el Anteproyecto presentado el pasado año, si bien reduce su duración máxima de los
Esta medida, criticada en su momento tanto por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como por el Consejo Fiscal, será obligatoria para los delincuentes sexuales y terroristas, evitándose a demás que éstos puedan residir cerca de sus víctimas o se acerquen a éstas tras salir de la cárcel.
El contenido y duración de esta medida, según el Proyecto, dependerá de la peligrosidad del delincuente y consistirá en reglas de conducta que permitirán además su seguimiento telemático.
El pasado mes de febrero, tras serle remitido el Anteproyecto de reforma, el CGPJ calificó la libertad vigilada como de "muy difícil justificación" en nuestro ordenamiento jurídico.
A juicio del órgano de gobierno de los jueces, la aplicación de estas fórmulas de vigilancia, una vez cumplida la pena de cárcel, podría entrar colisión con las medidas penitenciarias de tercer grado y libertad provisional. Además, se apuntó que la reforma establece un "sistema restrictivo de derechos" al basarse en una responsabilidad dilatada en el tiempo que tiene difícil encaje constitucional.
Por su parte, el Consejo Fiscal señaló en su informe que esta medida sería más eficaz si se aplicase a los jóvenes que se inician en el terrorismo que a los terroristas con delitos graves que llevan 30 o 40 años de cárcel y alejados de la actividad delictiva.
NUEVOS DELITOS.
La reforma también crea como nuevos delitos la captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, una medida dirigida especialmente al fenómeno islamista.
Otras novedades son que el juez podrá optar entre la cárcel y la expulsión para extranjeros por menas menores a seis años de prisión, y que nadie se verá favorecido por cumplir al mismo tiempo una pena de prisión y una prisión preventiva.
Además, los pequeños 'manteros' podrán no ir a la cárcel,
Dins: www.aranzadi.es (16.11.09)
3. El Congreso da luz verde a la ley que prohíbe el 'spam' telefónico y la información comercial falsa.
El Congreso de los Diputados aprobó ayer por unanimidad el proyecto de ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para mejorar la protección de los consumidores, que contempla entre otras cuestiones la prohibición del 'spam' telefónico, la información comercial falsa y otras prácticas desleales.
El texto, que ha sido aprobado en
De este modo, las actuaciones sancionables comprenden desde aquellas conductas "engañosas" que contengan información "falsa" a las que, aun siendo veraz por su contenido o presentación, puedan inducir a error a los destinatarios.
Además, se considera "desleal o engañoso" todo aquel comportamiento por parte de una empresa o vendedor que pueda "mermar de manera significativa" --mediante acoso, coacción, uso de la fuerza o influencia indebida-- afecte al comportamiento del consumidor a la hora de seleccionar un determinado servicio.
Entre las mejoras más aplaudidas por los grupos parlamentarios está la prohibición del conocido 'spam' telefónico ya que, según explicó el diputado socialista Alberto Fidalgo, "el ciudadano podrá en la primera llamada negarse a que le vuelvan a llamar y la empresa tiene la obligación de registrar esta negativa y no volver a llamarle".
Asimismo, los vendedores no podrán aludir a situaciones personas ni "alegar que si no les compran algo les pueden echar de su trabajo", explicó Fidalgo a Europa Press, para coaccionar al consumidor y conseguir convencerle de un determinado producto.
Con la aprobación de la norma queda "taxativamente fijado" que en el momento de la venta o publicidad de un producto se debe ofrecer al consumidor "información clara, sin ocultar parte de la misma hasta el momento del contrato".
COMPETENCIA "DESLEAL" EN PUBLICIDAD
En el texto aprobado hoy por el Congreso queda también regulada la publicidad de las empresas y sus prácticas entre ellas, algo que, según la 'popular' Dolors Nadal, también "favorece indirectamente" a los consumidores que "tienen la opción clara de poder elegir".
Entre estas prácticas, Fidalgo destacó que todas las empresas deberán dar información acreditada sobre los beneficios de sus productos "sin resaltar negativamente las cualidades de otras"
Asimismo, no se podrá incitar a los menores a la compra de un bien o de un servicio "explotando su inexperiencia o credulidad" ni animarles a que convenzan a sus padres para contratar el servicio anunciado.
La ley impedirá también a las empresas a hacer publicidad falsa de productos que mejoren las condiciones de salud de los consumidores o que curen determinadas deficiencias o enfermedades, ya que "si eso es falso no se debe anunciar", explicó Fidalgo.
Según el portavoz socialista, algunos grupos han pretendido esta trasposición para modificar parte del actual ordenamiento jurídico en otros ámbitos, como en el caso de ERC, que introdujo una enmienda para limitar los anuncios de prostitución sólo a medios especializados en la materia.
Por su parte, el PP criticó que no se haya aprovechado para modernizar el perfil de los consumidores y haberles protegido de otras prácticas que consideran "abusivas" en la actualidad, explicó la diputada Nadal citando el caso de los contratos hipotecarios.
Dins: www.aranzadi.es (18.11.09)
Novetats legislatives:
Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías. BOE 273, 12.11.09
Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago. BOE 275, 14.11.09
Corrección de errores de la Decisión 2009/767/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 2009, por la que se adoptan medidas que facilitan el uso de procedimientos por vía electrónica a través de las «ventanillas únicas» con arreglo a
DOUE 299, 14.11.09
Reglamento (CE) no 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga
Reglamento (CE) no 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (1). DOUE 300, 14.11.09
Reglamento (CE) no 1073/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 561/2006 (1). DOUE 300, 14.11.09
Reglamento (CE) no 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las agencias de calificación crediticia (1). DOUE 302, 17.11.09
Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (1). DOUE 302, 17.11.09
Directiva 2009/111/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por la que se modifican las Directivas 2006/48/CE, 2006/49/CE y 2007/64/CE en lo que respecta a los bancos afiliados a un organismo central, a determinados elementos de los fondos propios, a los grandes riesgos, al régimen de supervisión y a la gestión de crisis (1). DOUE 302, 17.11.09
Corrección de errores de
Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre
Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. BOE 283, 24.11.09
Directiva 2009/133/CE del Consejo, de 19 de octubre de 2009, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un Estado miembro a otro. DOUE 310, 25.11.09
Real Decreto 1819/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores. BOE 287, 28.11.09
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