dissabte, 31 d’octubre del 2009

DRET ADMINISTRATIU, URBANISME...

Articles de revista:


ALARCÓN, Adolfo R. y FONTANILLA FORNIELES, Manuel. Almacenamientos subterráneos ¿actividad ordenada o nido de conflictos?. Dins: ECONOMIST & JURIST, núm. 134 (2009), p. 28-32


ATIENZA, Manuel. Inscripción de hijos de madre de alquiler. Dins: EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, núm. 27 (2009), p. 52-56


MUÑOZ DE DIOS, Luis. El Registro Civil admite el alquiler de vientres. Dins: EL NOTARIO DEL SIGLO XXI, núm. 27 (2009), p. 57-61



Monografies:


DELGADO JUEGA, Luis. La Limitación de los medios de prueba en el procedimiento registral. Dins: BOLETÍN DEL COLEGIO DE REGISTRADORES DE ESPAÑA, núm. 159, p. 1621-1626

Problemas actuales del Registro civil. Madrid : Consejo General del Poder Judicial, 2006.

347.19 Ben



Notície
s jurisprudencials d’última hora:


1. Sentencia de 17 de julio de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se establece la siguiente doctrina: "El módulo temporal de referencia que debe utilizarse para determinar la cuantía de la pensión de viudedad por Clases Pasivas del ex cónyuge por divorcio o nulidad de matrimonio así como la del cónyuge actual de un funcionario, cuando el fallecimiento del causante de los derechos se haya producido con anterioridad al momento de alcanzar la edad de jubilación o retiro forzoso, debe tomarse desde la celebración del matrimonio hasta la fecha en que el causante hubiese alcanzado la edad de jubilación o retiro".

BOE 244, 9.10.09


2. Sentencia del Tribunal Supremo 588/2009, de 14 de septiembre. Se declara la vecindad civil de una mujer con independencia de la que poseía su marido.

Tras el fallecimiento de doña Milagrosa, y a raíz de excluir en su testamento del importe de la legítima a uno de sus dos hijos, situación permitida por el Fuero Nuevo de Navarra que regía las sucesiones, se planteó demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Barcelona. Con la demanda, el hijo excluido de la legítima pretendía acreditar que la vecindad civil de la fallecida era la catalana, debiendo regirse el testamento de su madre por la ley sucesoria del Derecho Catalán, y no la navarra, como se alegaba.

El Juzgado de Primera Instancia declaró que la fallecida poseía la vecindad catalana en el momento de su muerte, al residir durante más de diez años continuados en esa ciudad. Fallo que, recurrido en apelación, fue confirmado por la Audiencia Provincial de Barcelona. El Juzgado entendió que aunque la fallecida había tenido anteriormente la vecindad navarra, en base al principio de unidad familiar establecido en el entonces vigente artículo 14.4 del Código Civil, la había perdido al no declarar ante el funcionario autorizado su deseo de conservarla. Esa vecindad navarra la había adquirido causando inscripción marginal en la de nacimiento, por haber declarado su esposo, también fallecido, ante el encargado del Registro Civil de Pamplona su deseo de tener esa vecindad. El Juzgado declaró que la vinculación de la mujer casada a la vecindad civil de su esposo había dejado de tener efecto a raíz de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, provocando la derogación sobrevenida por inconstitucional de aquel artículo 14.4 y pudiendo la mujer adquirir libremente cualquier vecindad.

Recurrida en casación ante el Tribunal Supremo la resolución apelada, éste la desestima, al entender que derogado el artículo 14.4 del Código Civil y residiendo la fallecida en Barcelona durante más de diez años continuados, adquirió esa vecindad civil, pues a pesar de haber declarado posteriormente en varios testamentos su deseo de conservar la vecindad navarra, esa declaración no se efectuó ante el encargado del Registro civil, único encargado de efectuar las inscripciones oportunas. Y aunque la fallecida emitió su deseo de conservar la vecindad navarra ante el encargado del Registro Civil, cuando lo hizo, ya había adquirido la vecindad catalana por residencia.

Dins: www.lexnova.es (27.10.2009)


3. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 1327/2009, de 18 de junio. La imposición municipal de una cuantía fija en las sanciones de tráfico antes de su comisión vulnera el principio de jerarquía normativa.

El Ayuntamiento de Madrid aprobó en 2005, un Decreto municipal que regulaba el nuevo cuadro de infracciones a la normativa de circulación vial, así como el importe de las sanciones correspondientes con carácter provisional, atendiendo a su mayor o menor gravedad.

El Decreto fue impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia, mediante el oportuno recurso contencioso-administrativo, por considerar que vulneraba el principio de legalidad y el principio de proporcionalidad, ya que las sanciones impuestas superaban el importe fijado en la Ley estatal de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial. Esa normativa estatal permite que los municipios regulen los usos de las vías urbanas, siempre que esta regulación no vulnere los preceptos de las leyes. Por otro lado, el Decreto precisa que la normativa estatal de tráfico se aplicará en las materias no reguladas expresamente en él o que regule la autoridad municipal.

El Tribunal estima el recurso, anulando el Decreto impugnado, al considerar que infringe el principio de jerarquía normativa cuando contempla una cuantía fija para cada tipo de infracción, concretada previamente antes de su comisión. Explica el Tribunal que el Decreto no tuvo en cuenta el margen que establece la ley estatal para la imposición de cada sanción, que permite, una vez producida la infracción, fijar motivadamente la cuantía de la multa dentro del margen prefijado en la norma.

Dins: www.lexnova.es (27.10.2009)


Novetats legislatives:

DECRET 151/2009, de 29 de setembre, de desplegament parcial de la Llei 18/2003, de 4 de juliol, de suport a les famílies.

DOGC 5475, 1.10.09


Corrección de errores del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

BOE 239, 5.10.09


Aplicación provisional del Convenio de extradición entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho en Rabat el 24 de junio de 2009.

BOE 238, 2.10.09


Aplicación provisional del Convenio entre el Reino de España y el Reino de Marruecos relativo a la asistencia judicial en materia penal, hecho en Rabat el 24 de junio de 2009.

BOE 238, 2.10.09


Reglamento (CE) no 924/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativo a los pagos transfronterizos en la Comunidad y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 2560/2001 (1).

DOUE 266, 9.10.09


Instrumento de Ratificación del Protocolo nº 7 al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, (Convenio nº 117 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 22 de noviembre de 1984.

BOE 249, 15.10.09


CORRECCIÓ D'ERRADA a la Llei 12/2006, del 27 de juliol, de mesures en matèria de medi ambient i de modificació de les lleis 3/1988 i 22/2003, relatives a la protecció dels animals, de la Llei 12/1985, d'espais naturals, de la Llei 9/1995, de l'accés motoritzat al medi natural, i de la Llei 4/2004, relativa al procés d'adequació a les activitats d'incidència ambiental (DOGC núm. 4690, pàg. 34423, de 3.8.2006).

DOGC 5484, 15.10.09


Orden EHA/2784/2009, de 8 de octubre, por la que se regula la interposición telemática de las reclamaciones económico-administrativas y se desarrolla parcialmente la disposición adicional decimosexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, sobre utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en las reclamaciones económico-administrativas.

BOE 250, 16.10.09


Resolución de 15 de octubre de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la tramitación electrónica automatizada de diversos procedimientos en materia de protección por desempleo.

BOE 251, 17.10.09


LLEI 17/2009, del 16 d'octubre, de modificació de la Llei 2/2009, del 12 de febrer, del Consell de Garanties Estatutàries.

DOGC 5488, 21.10.09


Resolución de 9 de octubre de 2009, de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros, por la que se aprueban los modelos de declaración e ingreso a través de la vía telemática de los recargos recaudados por las entidades aseguradoras.

BOE 255, 22.10.09


Real Decreto 1512/2009, de 2 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre rconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de períodos de actividad sacerdotal o religiosa de los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados, y el Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el anterior real decreto.

BOE 255, 22.10.09


Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.

BOE 255, 22.10.09


Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, por la que se modifica el artículo 46.1.

BOE 256, 23.10.09


Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.

BOE 259, 27.10.09


Reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 169.

BOE 259, 27.10.09


Directiva 2009/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se modifica la Directiva 2005/35/CE relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones (1).

DOUE 280, 27.10.09


Corrección de errores del Real Decreto 1463/2009, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Cataluña.

BOE 262, 30.10.09


LLEI 18/2009, del 22 d'octubre, de salut pública.

DOGC 5495, 30.10.09


RESOLUCIÓ JUS/2985/2009, de 21 d'octubre, per la qual es determina el Dia de la Justícia a Catalunya per a l'any 2009.

DOGC 5495, 30.10.09


Reglamento (CE) no 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) no 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (1).

DOUE 284, 30.10.09


Reglamento (CE) no 988/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, y se determina el contenido de sus anexos (2).

DOUE 284, 30.10.09


Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

BOE 263, 31.10.09


Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

BOE 263, 31.10.09


Reglamento (CE) no 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1).

DOUE 286, 31.10.09


Reglamento (CE) no 1006/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 808/2004 relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información (1).

DOUE 286, 31.10.09


Altres notícies:

1. El Congreso aprueba el proyecto de la Nueva Oficina Judicial, que incluye los límites a la Justicia Universal.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial y la ley orgánica que la complementa, en la que se incluye la limitación de las competencias de España en la persecución de los delitos internacionales, un punto que no fue respaldado por ERC, IU, ICV y el BNG.
La Cámara Baja dio su apoyo unánime a las enmiendas introducidas en el Senado al proyecto de reforma, mientras que la ley orgánica fue votada en su conjunto favorablemente por PSOE, PP, CiU y PNV. Sin embargo, los nacionalistas vascos no apoyaron la enmienda relativa a la limitación de la Justicia Universal que se había introducido en el Senado y que eliminaba la mención a los crímenes de guerra.
Con
la modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los jueces españoles sólo podrán perseguir a partir de ahora los crímenes cometidos en el exterior en los que se vean implicados nacionales o cuyos autores se encuentren en España.
A pesar de las diferencias sobre esta cuestión, que han protagonizado el debate más acalorado durante la tramitación del proyecto de ley en las Cortes, todos los grupos que hoy tomaron la palabra coincidieron en destacar el acuerdo alcanzado por todas las formaciones políticas para implantar la nueva Oficina Judicial.
CAAMAÑO AGRADECE EL "COMPROMISO" DE TODOS LOS GRUPOS
De hecho, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, tomó la palabra para agradecer a todos los grupos el apoyo a la reforma y el compromiso con "el interés general de los españoles". Caamaño destacó la apuesta del Con
greso y el Senado por una "Justicia moderna y tecnológicamente avanzada, una Justicia más ágil y más clara, y, sobre todo, una Justicia que se preste en plazos razonables".
En concreto, el ministro resaltó que con esta reforma se responde a la necesidad de reasignar funciones entre los actores que intervienen en los procedimientos judiciales "para ganar en especialización y eficacia"; acortar plazos y simplificar trámites para "ahorrar tiempo a los ciudadanos"; y suprimir recursos "superfluos" que "alargan innecesariamente los litigios".
Con las leyes que hoy han sido aprobadas, dijo, España "ya cuenta con el marco legal necesario para hacer real una administración de Justicia homologable en su vertiente de servicio público esencial a otros servicios públicos avanzados".
La portavoz adjunta de Justicia del PP, Dolors Montserrat, se felicitó por la aprobación ambas normas, pero lamentó que durante el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero no se hiciera "nada" por la Justicia. En su opinión, el "dogmatismo" de su primer ministro del ramo, Juan Fernando López Aguilar, y la "incompetencia" del segun
do, Mariano Fernández Bermejo, dejó "en blanco" la Justicia.
P
P: SE TRATA DE BUSCAR MÁS "EFICACIA"
Además, la diputada del PP aprovechó para defender que el debate sobre la limitación de la Justicia Universal no se puede llevar al terreno de "quién está en contra o a favor" de la defensa de los Derechos Humanos y recalcó que no se puede decir de ningún grupo político la "aberración" de que es contrario a esta cuestión porque "nadie" los defiende "con más intensidad que otros".
En su opinión, lo que busca esta reforma es pactar el "ámbito de actuación" de los tribunales españoles, con el objetivo de buscar su "eficacia". "¿De qué sirve iniciar un proceso contra un genocida si no está en nuestro territorio ni tenemos la posibilidad de castigarle?", se preguntó.
A juicio de la diputada 'popular', a España esto "no le sirve de nada", y sólo puede llevar a "dar un espectáculo bochornoso" o "crear falsas expectativas" a las víctimas, además de venirle bien "a algún juez para ganar cientos de mile
s de euros haciendo cursillos" en otro país.
El portavoz de CiU, Jordi Jané, también expresó el apoyo de su grupo al proyecto en su conjunto y a la limitación de la Justicia Universal, si bien puntualizó que le hubiera gustado "un planteamiento distinto" para un "tema delicado" como éste.
Además, Jané manifestó su voluntad de que España no deje de "ser abanderado en ningún momento de la defensa de los Derechos Humanos y de la Jurisdicción Universal". "Se ha acotado, pero no vayamos a trasladar a la opinión pública que damos pasos a atrás, porque no es la voluntad compartida de hacerlo", advirtió.
PNV: EL PROYECTO ES UN "ZOCO" DE ASUNTOS
Por su parte, el portavoz del PNV, Emilio Olabarria, anunció su oposición al modo en que se ha reducido el ámbito de la Justicia Universal, aunque se mostró contrario a que la Audiencia Nacional se convierta en "el gendarme del mundo". Para Olabarria, esta cuestión se debería haber debatido de otra manera y no en el marco de un
a ley en la que finalmente "menos la Oficina Judicial se regula de todo".
A pesar de que el diputado nacionalista insistió en que estas dos leyes han acabado "regulando un zoco, una miscelánea de asuntos", explicó que para su grupo incluyen "algunas cosas razonablemente buenas", por lo que cuentan con su apoyo.
Del mismo modo, el portavoz de ERC, Joan Ridao, expresó su "apoyo global" a los dos proyectos, aunque también dejó claras sus discrepancias respecto a la limitación de la Justicia Universal, que motivaron su voto en contra a este punto. En concreto, el diputado catalán lamentó que se vaya a perder "una conquista" hasta ahora "
irrenunciable" y propia de "una sociedad democrática avanzada".
ERC: "VAMOS A CONSUMAR UN PASO ATRÁS"
Ridao hizo hincapié en que todavía "subsisten crímenes de especial gravedad que permanecen impunes y cuestionan los Derechos Humanos más fundamentales" y consideró que la ley orgánica que permitía su persecución en España "debería haber continuado igual" que estaba. "Vamos a consumar un paso atrás y un grave error que nuestro grupo habría querido evitar", remachó.
Por su p
arte, el portavoz de Justicia del PSOE, Julio Villarrubia, subrayó que, con esta reforma, los socialistas "no han cambiado su forma de pensar ni su sensibilidad respecto a la Jurisdicción Universal" y recordó que la enmienda del Senado, en la que se elimina la mención a los crímenes de guerra, especifica que será perseguido en España cualquier delito establecido por los "Convenios de Derecho Internacional Humanitario y de protección de los Derechos Humanos".
Vilarrubia insistió en que "más allá del debate teórico a veces acalorado", la regulación española "sigue permitiendo que estos delitos graves no queden impunes y puedan ser perseguidos y juzgados".
Al margen de esta cuestión, el Congreso de los Diputados dio también luz verde al conjunto de enmiendas procedentes del Senado y relativas a otras cuestiones de carácter más técnico, como las referentes al papel de los graduados sociales en los procedimientos laborales.
En concreto, la enmienda aclara que estos profesionales podrán actuar como "representantes técnicos" de sus clientes en la presentación de recursos de suplicación.

Dins: www.aranzadi.es (16.10.09)


2. El Congreso aprueba la nueva Ley de Tráfico que establece descuentos del 50% en las multas por el 'pago exprés'.

El Congreso de los Diputados aprobó hoy definitivamente la nueva Ley de Tráfico, que agiliza el procedimiento sancionador e introduce novedades como la posibilidad de notificación por correo electrónico de las multas, la reducción del número de infracciones que implican pérdida de puntos y descuentos del 50 por ciento en la cuantía de las sanciones por pagar en los primeros 20 días naturales.
La mayoría de las medidas contempladas en la ley entrarán en vigor a los seis meses de publicarse la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), salvo aquellas que beneficien a los conductores, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Esto implica que, a partir de ese día, desaparece la suspensión del permiso de conducir como infracción administrativa, de modo que el carné sólo se perderá cuando se agote el saldo de puntos o lo determine un juez.
Además, al día siguiente de publicarse la ley en el BOE, todos aquellos expedientes sancionadores por infracciones de tráfico que se abrieron cuando empezó la tramitación parlamentaria de la nueva Ley de Tráfico y que, según la nueva normativa, no están penalizados con pérdida de puntos, serán archivados. Así por ejemplo, aquellas personas multadas desde que se empezó a tramitar el proyecto por parar en el carril bus no perderán sus puntos.
Asimismo, a partir de ese momento, en aquellas autopistas y autovías en las que la velocidad máxima está limitada a 80 kilómetros por hora, como ocurre en algunas vías en Cataluña, sólo se perderá puntos cuando se supere los 130 kilómetros por hora, y aquellos conductores que hayan perdido puntos desde que se inició la tramitación del proyecto de ley por este motivo y hayan recurrido las multas, tampoco perderán sus puntos.
Por otro lado, la ley incorpora nuevas infracciones, como la de conducir con un inhibidor de radares, que es considerado una infracción muy grave, la de ir en bicicleta sin elementos luminosos, que será infracción leve y podrá ser castigado con 100 euros, y la de manipular el GPS mientras se conduce, que restará tres puntos al equipararse con la multa que ya se ponía por conducir hablando por el teléfono móvil.
No obstante, la mayoría de las novedades de la ley tienen que ver con el procedimiento de tramitación de las infracciones. Así, se incluye la notificación de las multas por correo electrónico --de forma voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las empresas--, una página web donde se publicarán todas las infracciones cometidas por una persona, el pago con tarjeta de crédito en la misma carretera y dos notificaciones de las multas en lugar de tres, como sucede ahora.
Asimismo, se destinará parte de lo recaudado con las multas a la ayuda de víctimas, el titular de un vehículo tendrá que hacerse cargo del pago de una multa cuando no sea capaz de identificar al conductor que cometió la infracción, los conductores no podrán realizar gestiones en la DGT cuando acumulen cuatro sanciones graves sin pagar y la grúa podrá retirar el coche estacionado en zona azul cuando se triplique el tiempo permitido o no se pague.
Otras novedades introducidas durante el trámite parlamentario tienen que ver con las sanciones de velocidad. Así, al contrario de lo que había propuesto el Gobierno, se respetarán unos márgenes de error en las sanciones impuestas por radares, de forma que, en autopista, se comenzará a multar cuando se superen los 133 kilómetros por hora.
PP Y PSOE NO COINCIDEN
A diferencia de lo ocurrido con otras normas de seguridad vial, como la del carné por puntos, la nueva ley no ha logrado el máximo consenso entre los grupos parlamentarios. Así, en el pleno del Congreso, el portavoz del Grupo Popular en la Comisión no permanente de Seguridad Vial, Federico Souvirón, la calificó de "barbaridad jurídica" y llegó a afirmar que "habrá que eliminar --la norma-- cuando el Gobierno sea popular".
Según el 'diputado' del PP, que se abstuvo en la primera votación en el Congreso de los Diputados y votó a favor en el Senado, la nueva Ley de Tráfico "tiene poco que ver con la seguridad vial" y más con la recaudación, ya que "facilita a la Administración la recaudación de las sanciones de tráfico a costa de los derechos de los ciudadanos", por lo que, Souvirón, rebautizó la norma como "nuevo reglamento general urgente de recaudación de multas".
Por su parte, el portavoz del PSOE en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados, Carlos Corcuera, consideró que la ley marca "unas reglas del juego claras y transparentes" que mejora el "procedimiento largo y farragoso" del procedimiento sancionador actual, en el que para retirar puntos a un conductor infractor se pueden llegar a tardar desde cinco meses a dos años.
Mientras, el portavoz de CiU en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados, Jordi Jané, destacó la labor que se ha hecho desde 2003, cuando había 5.399 víctimas mortales, hasta el año pasado, en el que se produjeron alrededor de 3.100 muertos, y valoró la nueva normal porque "ajusta en determinados aspectos" la ley del permiso por puntos, que se aprobó en 2006.
El presidente de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, el diputado del PNV, Emilio Olabarría, valoró positivamente la ley, aunque advirtió de que, en algunas materias, "se acerca" a lo que podría considerarse "inconstitucional". En este sentido, se quejó de que hay un "cierto regodeo" en la utilización de métodos "punitivos".

Dins: www.aranzadi.es (30.10.09)